Conformidad
Política de no discriminación de la ADA
El Aeropuerto de Jackson Hole no discrimina por motivos de discapacidad en la admisión, acceso, tratamiento o empleo en sus programas y actividades. Este aviso se proporciona según lo requerido por la Ley de Rehabilitación de 1973, Sección 504, y el Título II de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA) de 1990. Las preguntas, inquietudes o solicitudes de información adicional pueden dirigirse al Coordinador de Cumplimiento de la ADA del Aeropuerto de Jackson Hole.
Cualquier persona que crea que ha sido discriminada por motivos de discapacidad en virtud de la Sección 504 o de la ADA debe comunicar la queja al Coordinador de la ADA, que es el Director Adjunto de Finanzas y Administración, llamando al (307) 733-7695, PO Box 159, Jackson, WY 83001, o a coordinator@jhairport.org.
Hay un formulario de reclamación disponible en la oficina de la Administración situada en 1250 East Airport Road, Jackson, Wyoming 83001 y en línea aquí.
Política del Título VI de la FAA
El Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964 prohíbe la discriminación por motivos de raza, color u origen nacional en los programas y actividades que reciben ayuda financiera federal. En concreto, el Título VI establece que "ninguna persona en los Estados Unidos podrá, por motivos de raza, color u origen nacional, ser excluida de la participación en, negársele los beneficios de, o ser objeto de discriminación en ningún programa o actividad que reciba ayuda financiera federal". 42 U.S.C. Sección 2000d. La Sección 520 de la Ley de Mejora de Aeropuertos y Vías Aéreas de 1982 prohíbe la discriminación por motivos de raza, credo, color, origen nacional o sexo. 49 U.S.C. Sección 47123.
La Junta Directiva del Aeropuerto de Jackson Hole, y sus empleados, arrendatarios, inquilinos, concesionarios, contratistas y aerolíneas no denegarán servicios públicos, empleo ni oportunidades de programas a ninguna persona en el Aeropuerto de Jackson Hole por motivos de raza, credo, color, origen nacional o sexo, ni estarán sujetos de ningún otro modo a las acciones discriminatorias específicas prohibidas por 49 C.F.R. Parte 21. Además, la Junta del Aeropuerto de Jackson Hole tomará medidas razonables para proporcionar un acceso significativo a los servicios a las personas con un dominio limitado del inglés.
Toda persona que se considere perjudicada por una práctica discriminatoria ilegal en virtud del Título VI deberá comunicar su queja al Coordinador del Título VI, que es el Director Adjunto de Finanzas y Administración, llamando al (307) 733-7695, PO Box 159, Jackson, WY 83001, o escribiendo a coordinator@jhairport.org. La Junta Directiva del Aeropuerto remitirá todas las quejas a la FAA en un plazo de 15 días a partir de su recepción.
Las denuncias de discriminación también pueden presentarse directamente ante la Administración Federal de Aviación:
Administración Federal de Aviación
Oficina de Derechos Civiles
ACR -1800 Independence Avenue, S.W.
Washington, D.C. 20591
Hay un formulario de reclamación disponible en la oficina de la Administración situada en 1250 East Airport Road, Jackson, Wyoming 83001 y en línea aquí.
49 CFR Parte 21 puede consultarse en su totalidad haciendo clic aquí.